lunes, 1 de enero de 2018

SERIE DROGOTEST II: La química del drogotest.

Este texto fue publicado en la revista Soft Secrets dentro de la serie Drogotest, bajo el pseudónimo "Drogodogo" (al parecer mi trabajo era bien recibido pero no que firmase con mi nombre, pero aún así el proyecto me resultaba inicialmente interesante y acepté usar "Drogodogo"), y esperamos que os guste y os ilustre.

Este 2018 va a ser un año complicado en todos los aspectos del cannabis, y los que más lo vamos a sufrir somos los usuarios y cultivadores. La persecución policial del cannabis, la engañosa imagen que la "prensa seria" da del asunto, la también engañosa imagen que la "prensa especializada" (prensa cannábica) da también de los "avances" producidos en la evolución legal (cómo nos venden la moto), y el asalto económico al bolsillo del ciudadano vía drogotest, son algunos de los frentes que sufrimos y que no tienen pinta de mejorar, salvo tal vez el asunto del drogotest ahora llevado hasta el Tribunal Constitucional y pendiente de resolución.

Mis mejores deseos para dicha iniciativa: hay que acabar con esa perversión que policía y estado nos venden como seguridad vial aprovechándose de la falta de conocimiento en estas áreas de la mayoría de la gente.
Y pronto.

Empezamos este 12º año de blog, y esperemos que en el 13º podamos decir que ha muerto el monstruo en alguna sala del Constitucional.

El primer texto de esta serie, publicada íntegra en Soft Secrets España, lo podéis leer aquí:
Serie Drogotest I.


*.*.*

Como ya comentamos en el número anterior, el desembarco de los drogotest en nuestro país -especialmente de la forma en que se está produciendo en estos momentos en que grandes cantidades de estos dispositivos están siendo adquiridas por las policías municipales de pueblos y ciudades- no se debe a cuestiones meramente relacionadas con la seguridad vial y la necesidad de rebajar el número de accidentes, sino a un objetivo claramente recaudatorio en el que se obvia la función de control por seguridad y se prima la de “acertar con el positivo”, provocando esto que los usuarios de cannabis (y también sus acompañantes o quienes convivan con ellos, según me indicó la policía en una de sus incursiones con drogotest sobre mi persona) sean el target preferente en la caza del “ciudadano dopado”.




Apuntando con precisión, el abogado -especialista en derecho y drogas- Héctor Brotons, señalaba en la pasada edición que la constitucionalidad de este Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre que aprobaba el texto refundido sobre la Ley de Tráfico, está abierta y puesta en cuestión desde que un juez advirtió que un par de artículos (los esenciales) no podían ser garantizados por el drogotest, ya que este determina la presencia de droga en el organismo pero no la afectación del mismo y en la misma ley se observa cómo el consumo queda permitido a otros, sancionando solo la afectación si es determinable. Eso sitúa -como bien dice el jurista- en el “principio del fin” el momento de esta ley: es sólo cuestión de tiempo que otros afectados de forma injusta por esta norma se rebelen contra ella y apelen a su inconstitucionalidad para poder defenderse de forma justa.





Y vamos a ver, sin más dilación, cómo se “estira” la química -hasta casi lo infinito- para hacer la magia que suena bien en todos los sistemas de recaudación: que llueva dinero, que para eso se invierte primero...


¿CUÁNDO DARÉ POSITIVO EN UN DROGOTEST?

Vamos con la pregunta del millón -o de los 1000 euros y 6 puntos- para ir aclarando las cosas. Dar positivo en un drogotest, de tipo reactivo como los usados hoy día por las policías, no equivale a estar afectado por una droga y tampoco haberla consumido de forma directa, ya que lo que se detecta es la presencia de un compuesto similar al buscado (de ahí los falsos positivos químicos de esos test, no son 100% exactos y necesitan análisis posteriores). 

Al menos en dos ocasiones, la propia policía me ha confirmado que han vivido casos en que los acompañantes daban positivo también sin ser consumidores y tampoco podían hacerse cargo del coche, ya que para ello debían estar “legalmente limpios” de toda molécula prohibida o parecida en sus cuerpos, y el drogotest decía que no era así.

Darás positivo en un drogotest cuando en tu cuerpo, bien sea por consumo crónico o puntual, elegido o inadvertido, prescrito por un médico o no prescrito, existan cantidades detectables de alguna sustancia buscada. En el caso que nos ocupa, el cannabis, los límites de detección comenzaron estando establecidos en 30 nanogramos por cada mililitro de saliva como concentración mínima para que se iniciara el procedimiento, dentro del cual se realizaba una segunda toma que conllevaba una segundo análisis para determinar la cantidad exacta y, de esta crucial forma, vincular de forma presuntamente objetiva esa tasa con una afectación concreta.

¿Y qué es un nanogramo? Pues un nanogramo es la millonésima parte de un miligramo, y en un grano de sal habrá unos 50.000 nanogramos, para que te hagas una idea. 

Es una medida muy pequeña, pero como podremos observar las hay mucho menores, como el picogramo con el que ya nos amenazan desde algunas instituciones de rol colaboracionista con estos neo-recaudadores: una milésima parte de un nanogramo como nuevo campo de juego para el nivel de detección... ¿eres siquiera capaz de imaginarlo?

Hace unas semanas se publicaba en los periódicos locales de Salamanca una noticia que advertía de la enorme inversión que estaban realizando desde la policía del Ayuntamiento de Salamanca y la Universidad de Salamanca (USAL), para adquirir una maquinita conocida como “espectrómeto de masas de triple cuadrupolo” y que vale 215.000 euros nada más. Digo nada más, porque eso se paga con 215 multas simplemente... a 1000 euros la multita: ¿vais pillando cómo va el asunto?






Volviendo a nuestra querida planta, el límite de 30 nanogramos, que si bien no era algo ideal -ya que no implica una afectación tampoco- parecía ya suficientemente sensible, de repente -y en especial desde hace una década- se les quedó pequeño. 

De ahí se saltó en pocos años a una sensibilidad 3 veces más grande, con lo que se empezaron a detectar muchos más positivos químicos que nada tenían que ver con la realidad de lo perseguido por una ley de seguridad vial: 10 nanogramos por mililitro de saliva. ¿Y qué supone esto? Un engaño, ya que se está forzando la química y los análisis para conseguir tasas de sancionados que alimenten económicamente las arcas de los que disponen estas pruebas usadas de forma indiscriminada y torpe.

Si antes resultaba posible dar positivo por THC en un control de drogas, simplemente por haberse fumado un porro la noche antes (en el caso del THC, su naturaleza química le hace ser muy lento de eliminar del cuerpo aunque no presente efecto alguno), ahora esa posibilidad se volvía tremendamente real. Los gráficos con los que los vendedores de estos aparatos se mostraban “legítimos” indicando que sólo perseguían ciertos consumos inmediatos y relacionados temporalmente con la conducción resultaban venirse abajo de golpe, ya que el periodo ventana del que hablaban de 6 horas, quedaba extendido ampliamente por el aumento de precisión del drogotest.

Pero eso ocurría antes del año 2010, y el límite de 10 nanogramos por mililitro se les volvió a quedar pequeño, ya que si aumentaban el nivel de detección para el THC perdían clientes porque recaudaban menos, así que en una clara estrategia empresarial y que nada tiene que ver con la seguridad vial, rebajaron aún más el nivel para pillar a más inocentes ciudadanos (inocentes porque no violaron ningún precepto ni el positivo en el test implicaba afectación alguna, ahora ya menos que antes) y lo dejaron en los "oficiosos pero no oficiales" 5 nanogramos por mililitro de saliva.

Sin embargo es público -por los informes emitidos de su propia mano empresarial- que el producto es capaz de detectar concentraciones tan bajas como 2'1 nanogramos por mililitro de saliva, mientras la Unión Europea recomiendo fijar el punto de corte para el cannabis en 27 ng/ml.

Hablando claro: hoy día si eres sometido a un drogotest traidor, podrás dar positivo en THC con 15 veces menos cantidad de THC que hace 10 años con la misma prueba

Si en origen se afirmaba que estos test sólo afectaban a un periodo no superior a las 6 horas en su detección, es bastante lógico comprender que este periodo posible de detección en saliva se haya ampliado también de forma descomunal, y más si atendemos a errática naturaleza de los principios activos del cannabis en los diferentes organismo humanos. 

Si antes decían 6 horas, ahora es razonable pensar que abarcan más de 24 horas dada la farmacocinética del THC. ¿Daré entonces positivo con el porrito de buenas noches al día siguiente? Sí, es muy probable que así sea si el test que te aplican resulta ser de los de última adquisición por parte de las policías.

Y también tu pareja puede dar positivo si estaba en la misma habitación y respiraba el mismo aire, ya que el nivel de detección bajado hasta esos límites de la química extrema es capaz de detectar lo indetectable hace unos años. Pero no olvidéis que lo que detectan no es la afectación, y eso es lo que originalmente persigue la ley de seguridad vial, ahora abierta en su constitucionalidad.


¿POR QUE EL DROGOTEST 
NO ES FIABLE 
NI PARA INDICAR EL TIEMPO?


El cuerpo humano es una maquina químicamente muy compleja, que por ello sus procesos biológicos y químicos resultan diferentes en diferentes sujetos, si bien dentro de ciertos patrones generales que nos unen como especie. 

La forma de metabolizar las distintas sustancias en nuestros organismos varía por cuestiones de idiosincrasia individual derivadas de la dotación genética, del medio en que se encuentra y de sus circunstancias puntuales como “bio-laboratorio”. 

En dicho laboratorio humano se realizan millones de reacciones químicas al segundo, que van desde el intercambio de gases realizado en los pulmones y que nos permite seguir respirando a la transformación del alimento en energía y nuevos bloques para construir tejidos, y que se afectan unos a otros indefectiblemente. 

Por eso, existen alimentos que pueden interaccionar con algunos fármacos o drogas, aumentando o disminuyendo su efecto al aumentar o disminuir las concentraciones disponibles en los fluidos corporales. También esto puede ocurrir entre distintos fármacos, o incluso sin el concurso de un agente externo -bajo fiebre o enfermedad- y en muchas otras circunstancias en que nuestro cuerpo decide actuar de otra forma, como puede ser ante una noticia traumática en el que nuestro propio comportamiento se ve alterado, y eso tiene un correlato bioquímico.

Por ello, la eliminación del THC -y la velocidad y tiempos a la que esto ocurre en tu cuerpo- no tiene porque nada que ver con la de otra persona, y se ve afectada por factores que no se pueden ni medir ni tener en cuenta a la hora de evaluar una conducción bajo la influencia de una droga, como es el caso.

Esto quiere decir que la ley afecta de forma distinta a mujeres que a hombres, a usuarios puntuales que a usuarios crónicos, a usuarios lúdicos o terapéuticos, e incluso a grupos tan llamativos como personas más gordas y personas más delgadas, ya que el tejido adiposo o graso juega un papel fundamental en la cadena de eliminación de los metabolitos del THC. 

Las diferencias químicas entre personas, convertidas en diferencias prácticas ante las leyes sancionadoras: esto no puede obviarse si se pretende legislar con justicia y no con arbitrariedad.

Esto ha llevado a que los fallos que no reconocen los propios interesados -las policias de cada país en su estudio ESTHER, que afirman que el producto tiene un 100% de aciertos- se hayan visto expuestos por boca del propio “Omsbudman” o “Defensor del Pueblo” en Finlandia con una realidad bien distinta que mostraba que “como mínimo un 10% de los positivos eran falsos” (ya sólo a nivel químico y sin entrar en lo incorrecto de lo detectado). 

Esto se produjo tras recibir cientos de quejas de ciudadanos-víctima sancionados injustamente y usando el test como base para un castigo que afirmaban que los resultados estaban fuera de toda lógica, y el Instituto Nacional de Salud finés se encargó de comprobar que los resultados no tenían demasiada validez científica haciéndolo notar en su preceptivo informe y señalando así mismo lo errático de los resultados para cannabis, cocaína y opiáceos que quedaban al desnudo cuando se aplicaban análisis de calidad y no drogotest rápidos y poco fiables como los actuales test rápidos usados por la policía.

En el propio mensaje emitido por el representante finlandés se aconseja a los cuerpos de policía que usen dicho aparato que no confíen demasiado en él a la hora de establecer una “conducción bajo la influencia” o afectación de drogas, ya que el aparato se entiende allí que es un aporte indiciario pero no probatorio y es el policía quien evalúa la afectación para el tráfico. Y resulta obvio que si el drogotest es un saquito de errores y falsos positivos químicos, que no sirven para establecer con certeza una conducción afectada por las drogas allí, tampoco lo son aquí en nuestro país por mucho que los que “hicieron sus propios estudios” al respecto se empeñen en repetirlo.


De hecho, la aportación hispana a dicho estudio, vino de la mano de un conocido policía -especialmente de unos años a esta parte, por su apoyo a la violencia usada contra ciudadanos en las fuerzas de policía- y cuyo currículum no es precisamente el de un científico, ni tampoco el de una persona que inspire confianza alguna, pero llegamos al final y eso os lo contaremos el próximo número.


PS: Acabo de ver que la revista Soft Secrets, esta REPUBLICANDO mis textos en digital, pero que está cambiando el autor por alguien totalmente desconocido, de nombre "Kevin", y que nada tiene que ver con la realidad.




Si es porque les da miedo que les relacionen con Drogoteca -de ahí lo del nick Drogodogo que tuve que usar- el miedo es libre...

Pero no la legislación al respecto.
Que se atengan.


 


PS: El siguiente texto, de esta serie, lo podéis encontrar aquí... http://drogoteca.blogspot.com.es/2018/01/serie-drogotest-iii-quien-es-el.html

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